
XALAPA, VER
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El Congreso de Veracruz aprobó, con 39 votos a favor, cero en contra y siete abstenciones, ampliar el catálogo de conductas ilÃÂcitas relacionadas con el lavado de dinero y los sujetos responsables y actualizar la sanción de salario mÃÂnimo a Unidad de Medida y Actualización (UMA), mediante la reforma al ArtÃÂculo 230 del Código Penal del estado, a propuesta de la gobernadora RocÃÂo Nahle GarcÃÂa.
El dictamen respectivo, suscrito por la Comisión Permanente de Justicia y Puntos Constitucionales, fue discutido por las diversas fuerzas polÃÂticas representadas en la LXVII Legislatura y votado durante la Cuarta Sesión del Segundo Periodo Ordinario.
A partir de esta reforma, se establece una multa de mil a cinco mil veces el valor diario de la UMA a quien, por sào por interpósita persona, realice o auxilie a otra persona en cualquiera de las siguientes conductas:
Adquiera, enajene, administre, custodie, posea, cambie, convierta, deposite, retire, dé o reciba por cualquier motivo, invierta, traspase, transporte o transfiera, dentro del territorio estatal, de éste hacia el exterior o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilÃÂcita.
O bien, oculte, encubra o pretenda ocultar o encubrir la naturaleza, origen, destino, movimiento, propiedad o titularidad de recursos, derechos o bienes, cuando tenga conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilÃÂcita.
Además, se entenderá que son producto de una actividad ilÃÂcita los recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, cuando existan indicios fundados o certeza de que provienen directa o indirectamente, o representan las ganancias derivadas de la comisión de algún delito y no pueda acreditarse su legÃÂtima procedencia.
Por último, cuando el agente activo sea servidor público las sanciones anteriores aumentarán hasta en una mitad y se le destituirá e inhabilitará para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos por otro tiempo igual al de la pena de prisión impuesta.