
CIUDAD DE MÉXICO
EL ECONOMISTA
La consejera jurÃÂdica de la Presidencia, Luisa MarÃÂa Alcalde, aclaró que el proceso de extradición relacionado con el gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha Moya, se encuentra en una fase preliminar, ya que autoridades estadounidenses no han presentado una solicitud formal, sino únicamente una petición de detención provisional con fines de extradición.
Durante su intervención en la conferencia mañanera de la presidenta Claudia Sheinbaum, la funcionaria explicó que existe una diferencia sustancial entre ambos procedimientos. La solicitud formal de extradición, según el Tratado entre México y Estados Unidos, requiere la presentación de cargos, pruebas, orden de aprehensión y demás elementos jurÃÂdicos completos. En contraste, la detención provisional se utiliza en casos de “urgenciaâ€Â, cuando existe riesgo de fuga o de obstaculización del proceso.
Alcalde Luján señaló que la FiscalÃÂa del Distrito Sur de Nueva York optó por la segunda vÃÂa, pero no aportó elementos suficientes para acreditar dicha urgencia.
“La FiscalÃÂa determinó que no se aportaron pruebas que acrediten el riesgo de sustracción u obstaculización del proceso, por lo que la solicitud no está debidamente fundamentadaâ€Â, explicó.
Según lo dicho por la consejera jurÃÂdica, la SecretarÃÂa de Relaciones Exteriores solicitó información adicional al gobierno estadounidense para sustentar la petición, luego de recibir la opinión de la FiscalÃÂa General de la República (FGR), que consideró insuficientes los elementos presentados.
Precisó que, en caso de que se acrediten las condiciones de urgencia, la FiscalÃÂa podrÃÂa acudir ante un juez de control para solicitar la detención provisional, lo que abrirÃÂa un plazo de 60 dÃÂas para que se presente formalmente la solicitud de extradición.
“El momento procesal exacto en el que estamos es que no existen elementos suficientes para determinar la urgencia, por lo que se requiere que el paÃÂs solicitante aporte más informaciónâ€Â, puntualizó.
La funcionaria subrayó que ni la FGR ni la CancillerÃÂa determinarán la procedencia de la detención, sino que será un juez quien, en su caso, evalúe los datos de prueba.
“Quien lo va a determinar es un juez de control, no la FiscalÃÂa ni la SecretarÃÂa de Relaciones Exterioresâ€Â, enfatizó.